Cómo heredar y pagar menos impuestos

¿Sabe qué hay que tener en cuenta para pagar menos impuestos por una herencia en Las Palmas?
Otorgar testamento y hacerlo debidamente asesorado por un abogado especialista en herencias es fundamental para evitar problemas a nuestros herederos, tanto a la hora de repartir como a la de pagar los inevitables impuestos.

En las adquisiciones por herencia (mortis causa) y en los seguros de vida, se pagará el Impuesto en la Comunidad Autónoma donde resida habitualmente el causante en el momento de su fallecimiento. Si le interesa que tribute en una determinada CC.AA. deberá tener documentación suficiente que lo acredite (recibos de luz, agua, teléfono, empadronamiento, domiciliaciones bancarias de cobro de sueldos, pensiones…).

Tenga en cuenta que puede haber mucha diferencia de la cuantía de los impuestos de una CC.AA. a otra… pero también que para evitar ‘fraudes’ por ‘repentinos’ cambios de domicilio, es necesario acreditar que se ha vivido en una determinada CC.AA. un mayor numero de días de los cinco años anteriores al fallecimiento.

Cada CC.AA. establece en su normativa la base imponible a partir de las cual hay que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Esta base está sujeta a una serie de reducciones y bonificaciones y cuanto más cercano sea el vínculo de consanguinidad con el causante más altas serán o, lo que es lo mismo, menos pagarán sus parientes más cercanos y más los más lejanos.

Eso sí, hay diversas peculiaridades, como el caso de los herederos con algún tipo de invalidez, que gozarán de mayores reducciones o bonificaciones fiscales dependiendo del grado de discapacidad.

Donación en Vida
Hay muchos aspectos relativos al empadronamiento del causante que se deben tener en cuenta. Por ejemplo, si una persona reside y fallece en Cataluña, pero es propietario de inmuebles ubicados en Madrid, la herencia tributará en Cataluña, pero si el causante los hubiese donado en vida a sus hijos o abuelos, no hubiesen tributado al radicar en Madrid. Es otras palabras, hay supuestos en los que es más rentable o interesante donar en vida los bienes antes de esperar al fallecimiento.

Partición de la Herencia
Otra circunstancia reseñable es la progresividad del Impuesto de Sucesiones y Donaciones es progresivo, cuanto más se hereda más se paga, por lo que cuanto más se divida a partes iguales entre los beneficiarios (cónyuge e hijos principalmente) menos pagarán. En cuanto al usufructo, hay que hacer alguna consideración, puesto que es habitual que el testador deje el usufructo de la casa habitual al cónyuge y la propiedad a los hijos, pero esta disposición testamentaria puede traer problemas para todos, puesto que ninguna de las partes tiene la libre disposición del bien.

Donación de Usufructo
Sin embargo, sí puede ser rentable la donación de un usufructo. Por ejemplo, en el caso de acciones en el que se traspasa el derecho a cobrar los dividendos. De esta forma, el donatario sólo paga por el Impuesto sobre Donaciones un 2% del valor real de las acciones, y el usufructuario abonará entre un 19 y un 21% que, previamente ya se lo habrá retenido la sociedad. De no hacerse así, los hijos podrían llegar a pagar el doble.

Algunas personas, para evitar ‘predecibles’ discusiones entre los herederos universales (los hijos) a la hora de repartirse la herencia -ya que heredan pro indiviso-, o el ajuar doméstico (ropa, muebles, enseres…), les adjudica a cada uno los bienes individualizadamente, pero no debe olvidar que para que se ajuste a derecho tendrá que compensar con dinero u otros bienes al resto de herederos que tengan los mismos derechos… y que ciertos bienes (por ejemplo, obras de arte, joyas, pieles, antigüedades, vehículos, embarcaciones…) hay que ‘tasarlos’ o valorarlos específicamente y declarar su valor de mercado de cara al impuesto.

Empresas y sociedades familiares
Si usted es empresario y desea que su patrimonio asegure la continuidad a su compañía y evite problemas sucesorios puede constituir una empresa familiar, con un protocolo y unas directrices de funcionamiento del proceso sucesorio redactados por usted y entregar a los herederos parte de las acciones. Esta forma de actuación tiene la ventaja de que puede garantizar la subsistencia de una empresa familiar y, a la vez, por contar con suculentas reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones.

También gozan de importantes descuentos en el impuesto las herencias de bienes y derechos afectos a una actividad económica, negocios familiares, actividades profesionales… desempeñados por empresarios individuales, siempre y cuando los bienes estén afectos a esa actividad y se mantenga el ejercicio de la misma durante 10 años desde la fecha de defunción.

Otra posibilidad es donar el negocio empresarial o actividad profesional en vida para conseguir una reducción del 95% sobre la base imponible del impuesto, pero ésta opción está sujeta a demasiadas cortapisas: el donante ha de tener 65 años o mas o estar incapacitado permanentemente en grado de absoluta o gran invalidez, debe dejar de ejercer funciones de dirección, dejar de cobrar por ello…

En general, el Impuesto sobre Herencias ‘protege o es más benévolo’ con las empresas y sociedades familiares, para evitar que se destruyan generación en generación tras la muerte de sus fundadores.

En Herencias Las Palmas somos un equipo de abogados especializados en la tramitación de herencias y testamentos. El Derecho Sucesorio es una de las especialidades de nuestra asesoría jurídica. Nuestros abogados sucesorios en Las Palmas pueden asesorarle no solo en la tramitación de herencias, también en relación al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Somos expertos en asesoramiento fiscal, lo que le permitirá tramitar su herencia o realizar su donación con la mayor garantía.

Ahorre problemas contando con los mejores especialistas en donaciones y en partición de herencias en Las Palmas. Nuestra asesoría jurídica puede encargarse, si lo desea, de todo el proceso de sucesión. Podemos realizar todas las gestiones y le ofrecemos gran cantidad de servicios y especialidades adaptados a sus necesidades:

  • Asesoramiento integral por parte de nuestros abogados especialistas en herencias
  • Realización de Testamentos con consulta en Despacho
  • Tramitación de certificados
  • Declaración de herederos, con o sin testamento
  • Disolución de la sociedad de gananciales
  • Adjudicación o Renuncia de Herencia y Legados por herederos y legatarios
  • Procedimientos Judiciales. Impugnaciones, Desheredaciones
  • Valoración del caudal de la herencia y de las deudas
  • Inventariado del patrimonio y redacción del cuaderno particional
  • Partición de la herencia
  • Incapacidades, Menores y Tutelas
  • Valoración de efectuar Donaciones como medio de “heredar en vida”
  • Donaciones en sentido estricto con las limitaciones legales para los herederos.
  • Asesoramiento tributario y tramitación del Impuesto de Sucesiones
  • Tramitación beneficiarios Seguros
  • Adjudicación de los bienes

Podemos ayudarle también con la sucesión de empresas, ya se trate de la venta del negocio o de una sucesión por fallecimiento. Nuestros abogados expertos en herencias Las Palmas miran siempre por que nuestros clientes vean cumplidos sus derechos y sus intereses.
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Esta información tiene carácter meramente divulgativo y de información general por lo que no es aplicable a todos los casos en particular. Cada caso deberá ser estudiado individualmente para buscar una solución jurídica correcta.
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