¿A qué Riesgos me puedo enfrentar al Aceptar una Herencia en Las Palmas?

¿Aceptar o no Aceptar una Herencia en Las Palmas? Una buena pregunta…

Aceptar una herencia en Las Palmas es una decisión que en ocasiones puede no ser tan fácil como parece. En efecto, antes de dar un paso hacia delante y decir “de acuerdo, vamos al Notario a firmar la aceptación de herencia” debemos plantearnos algunas cuestiones básicas muy importantes.

Al Aceptar la Herencia, Aceptas las Deudas de la persona de quien heredas

En primer lugar, cuando aceptas una herencia debes tener en cuenta que con esa aceptación también estás aceptando las deudas de la persona de quien heredas.

Pongamos un ejemplo de lo que esto significa:

Imagina que un pariente te deja como beneficiario de su herencia valorada en 150.000 euros (un piso), pero descubrimos que al morir tu pariente también tenía deudas por valor de 250.000 euros (una hipoteca).

En este caso si aceptas la herencia te habrás convertido automáticamente en deudor por el importe de la hipoteca frente al banco, por lo que suponiendo que pudieras vender ese piso que heredaste por 150.000 euros, todavía tendrías que hacer frente al pago de 100.000 euros.

Tienes la Obligación de Pagar la Deuda que Heredas

En segundo lugar – y esto es muy importante – debes tener en cuenta que si aceptas la herencia pura y simplemente, no solo responderás de esa deuda con lo que heredaste, sino que además tendrás que responder del pago de la deuda con todo tu patrimonio (en otros términos te podrían embargar tu casa, cuenta bancaria u otro tipo de patrimonio si no puedes pagar la deuda).

Puedes haber Aceptado una Herencia Sin Saberlo…

Por otro lado, tienes que tener en cuenta que las herencias se pueden incluso considerar aceptadas de forma tácita, es decir, de forma automática por actos que realices tú como heredero (y a consecuencia que impliquen la aceptación de la herencia).

Por poner un ejemplo, si tu pariente que ha fallecido prestó dinero a alguien y esta persona después te pagó a ti este dinero (cobro de créditos).

O también si tu pagaste una deuda que tenía este pariente a otra persona (deudas hereditarias). En ambos casos, son reconocidos por los Tribunales como actos de aceptación tácita de la herencia.

¿Qué debo hacer?

Frente a esto, naturalmente, hay fundamentalmente dos remedios legales.

  • El primero es renunciar a la herencia, eso sí, sólo se podrá hacer en su totalidad pero no parcialmente.
  • El segundo sería “aceptar la herencia a beneficio de inventario”, lo que significa que las deudas serán pagadas con el límite del patrimonio que heredes, no de tu propio patrimonio y así los acreedores del difunto no podrán exigirnos el pago de las deudas más allá del valor de lo heredado.

Por estos motivos, antes de tomar una decisión sobre si aceptar o rechazar una herencia, te recomendamos que consultes primero a profesionales, abogados especializados en herencias en Las Palmas para que te asesoren sobre las posibles consecuencias y así saber si te compensa o no aceptar esta herencia.

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