Abogado herencias Las Palmas

Desde nuestro despacho de abogado herencias Las Palmas nos comprometemos a darle un completo asesoramiento en sus asuntos relativos a testamentos y herencias basado en nuestra amplia experiencia en derecho sucesorio y de familia, en asuntos sobre:

  • Testamentos
  • Tramitación de herencias
  • Declaraciones de herederos judiciales, notariales (ab intestato)
  • Aceptaciones y Renuncias a la herencia
  • Impugnación de testamentos
  • Legítimas
  • Nombramiento de Albaceas
  • Relaciones de bienes o minuta para la formalización de la escritura notarial de manifestación y aceptación de herencia
  • Procedimientos de división judicial de la herencia
  • Intervención judicial del caudal hereditario
  • Administración del caudal hereditario
  • Liquidación ordinaria y autoliquidaciones del impuesto de Sucesiones: Preparación, presentación y seguimiento del expediente

Realizamos todas y cada una de las gestiones pertinentes, ante Notaria, Administraciones Tributarias y Registros de la Propiedad. Solicite más información aquí o llámenos al Tlf. 928 266 609 para solicitar cita.

Testamentos en Las Palmas

Mediante el Testamento queda reflejada la voluntad del testador sobre la forma en que él considera que deben ser repartidos sus bienes, aunque también puede indicar en él reconocimientos, nombramientos o recomendaciones. El testamento es un acto revocable y puede ser modificado en cualquier momento por el testador (Art. 737.1º Código Civil). Desde este despacho ofrecemos asesoramiento jurídico especializado sobre el testamento más aconsejable en cada caso concreto y a cada cliente determinado:

  • Testamento abierto
  • Testamento abierto notarial
  • Testamento cerrado
  • Testamento Militar
  • Testamento marítimo
  • Testamento Mancomunado
  • Testamento Ológrafo
  • Testamento realizado en país extranjero

Así mismo la redacción del Testamento y gestiones necesarias para su firma ante Notario si fuese preciso.

Tramitación de herencias en Las Palmas

Cuando fallece un familiar o alguien cercano y está interesado en conocer si dejó testamento, por si resultase beneficiario del mismo, hay que realizar una serie de trámites que podemos ofrecerles desde nuestro despacho de abogado herencias Las Palmas. Tales como solicitar:

  • Obtención del certificado de defunción
  • Obtención del certificado del Registro de Últimas Voluntades, en el que se determina si la persona otorgó o no testamento
  • Obtención del certificado del Registro de Seguros
  • Si hay testamento: obtención de una copia autorizada en la Notaria en que se otorgó
  • Si no hay testamento: hay que proceder a la declaración de herederos legales o «abintestato», es decir la formalización del consiguiente Acta de Notoriedad de Notarial de Declaración de Herederos Abintestato
  • Realizar inventario y valoración de los bienes que componen la herencia.
  • Aceptación y repartición de la herencia, otorgando ante Notario la correspondiente escritura pública de aceptación y adjudicación
  • Liquidación en la Agencia Tributaria correspondiente el Impuesto de Sucesiones
  • Inscripción en los Registros públicos, principalmente el de la Propiedad, la nueva titularidad de los bienes
  • Liquidación de cuentas corrientes, fondos de pensiones, seguros, acciones, etc

Declaraciones de herederos: judiciales, notariales (ab intestato)

  • Cuando el difunto deje ascendientes, descendientes, o cónyuge. Se debe hacer ante Notario del lugar en el que el finado tuviera su domicilio habitual.
  • Los demás herederos abintestato podrán obtener la declaración en vía judicial justificando debidamente el fallecimiento de la persona de cuya sucesión se trate y su parentesco con la misma y, con la certificación del Registro general de actos de última voluntad y con la información testifical, que dicha persona ha fallecido sin disposición de última voluntad y que ellos solos, o en unión de los que designen, son sus únicos herederos.

Aceptaciones y Renuncias a la herencia

No se es heredero automáticamente tras la muerte del causante, la herencia debe ser aceptada por la persona que se ha llamado a suceder. Hay distintas formas de aceptar una herencia:

  • De forma expresa: mediante un documento en el cual se expresa la decisión de aceptar la herencia y adquirir los bienes.
  • Tácitamente: Realizando determinadas acciones que presuponen la voluntad de aceptar.
  • De forma pura: El heredero asume todos los bienes del causante así como las obligaciones.
  • A beneficio de inventario: El heredero asume todos los bienes del causante y únicamente las obligaciones que pueda pagar con los bienes de la herencia. Debe realizarse ante Notario.

El heredero también puede renunciar a la herencia en Las Palmas mediante una declaración en la cual indique su deseo de no adquirir los bienes de la herencia no queriendo ser heredero del causante.

En función de los familiares que queden del difunto al momento de su fallecimiento será distinta será la vía para hacer la declaración de herederos.

Impugnación de testamento

Únicamente tras el fallecimiento del testador se puede impugnar un testamento.

  • Si el testador hubiese sido engañado, intimidado o se hubiera empleado violencia para que lo otorgase (Art. 673 del Código Civil).
  • Si no tuviera los requisitos de forma que se establece en la ley o en contra de una prohibición legal.
  • Si la persona que lo ha realizado no tenia voluntad de testar o lo ha hecho en broma.

Judicialmente es complicado demostrar la nulidad de un testamento, pues la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, tiende a mantener la validez de los actos que han sido otorgados con las formalidades necesarias.

Legítima

La legítima de una herencia, como se explica en el Código Civil, es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

La legítima de una herencia es intocable, quiere esto decir que el testador no podrá imponer sobre la legítima, gravamen, ni condición ni sustitución de ninguna especie.

La única manera de privar al heredero forzoso de su legítima es desheredándolo si se diera alguna de las causas recogidas en el Código Civil.

Si necesita asesoramiento o quiere planificar su sucesión, póngase en contacto con abogado herencias Las Palmas, ofrecemos a nuestros clientes un asesoramiento integral, y desde la primera consulta, sobre el otorgamiento de testamentos, la aceptación de herencias, desheredacion de hijos, el reparto de herencias, el pago del impuesto de sucesiones, … aplicando como expertos abogados especialistas en herencias nuestros conocimientos más actualizados en Derecho de Sucesiones y en Derecho Fiscal y Tributario.

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