Cómo gestionar los productos bancarios de un familiar fallecido

La pérdida de un ser querido nunca es fácil y los trámites que debe realizar en este momento probablemente no sean lo que más desea hacer cuando está de duelo. Estos pueden incluir el registro de la muerte, la organización de un funeral y el manejo de las finanzas de su difunto amigo o pariente.

Sus finanzas o ‘patrimonio’ ​​pueden incluir dinero, posesiones o propiedades. Entre los trámites que se encuentran en primer lugar, está el obtener el certificado de defunción, solicitar la licencia para el entierro o cremación, registrar el fallecimiento y solicitar el certificado de actos de última voluntad. En paralelo, existe otro tipo de tareas que hay que llevar a cabo, como es la gestión de las cuentas y productos bancarios de titularidad del fallecido.

Cuando se va a acudir a la oficina bancaria para realizar las gestiones y comunicar el fallecimiento, hay que ser consciente de que solo se dará información de los saldos y posiciones del fallecido a quienes acrediten ser sus herederos o sus representantes legales mediante poder notarial o documento equivalente.

Para gestionar el certificado de saldos y el expediente de testamentaria, los herederos deberán llevar a la sucursal el DNI, el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la acreditación como heredero con el testamento o la declaración de herederos.

Al entregarse estos documentos, el banco bloquea todos los contratos, da de baja a las personas autorizadas en las cuentas y cancela las tarjetas del fallecido. Los recibos domiciliados se seguirán atendiendo, salvo que todos los herederos expresamente indiquen lo contrario.

En caso de ser necesario, se puede anticipar saldo únicamente para gastos de sepelio y para el pago del impuesto de sucesiones.

Cómo se reparten las posiciones del fallecido

El banco elabora el certificado de saldos a fecha de fallecimiento con el fin de que los herederos puedan liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones y confeccionar el cuaderno particional. Es necesario que todos los herederos aporten el justificante de presentación y pago de este tributo (modelo 650) junto con la relación de bienes declarados, y por supuesto el cuaderno particional o escritura de adjudicación de herencia.

Cuando el banco dispone de toda la documentación, la analiza y realiza un informe indicando cómo corresponde repartir las posiciones del causante. Como normalmente los saldos varían desde la fecha de fallecimiento hasta que se realiza el reparto, será necesario además un documento firmado por todos los intervinientes (herederos y cotitulares) en el que de común acuerdo concreten el reparto de las posiciones actuales.

En el caso de que todos los herederos no puedan firmar, pueden otorgar un poder notarial a favor de otras personas para que les represente en este trámite. En el caso de que el fallecido haya nombrado en el testamento un albacea-contador partidor, será este quien podrá dar al banco las indicaciones para el reparto.

Realización del reparto

Una vez se ha liquidado el impuesto de sucesiones y donaciones y se ha firmado la propuesta de reparto por todos los intervinientes, herederos, legatarios y cotitulares, el banco llevará a cabo el traspaso de saldos desde las cuentas a la vista del fallecido a las que faciliten los herederos. También es el momento de hacer los cambios de titularidad de valores y participaciones en fondos de inversión que sean necesarios y la cancelación de todos los contratos en los que el fallecido constara como titular.

A la hora de efectuar el reparto, es necesario saber que:

  • Las cuentas bancarias se cancelan una vez se hayan repartido todos los saldos
  • Para realizar el reparto de las participaciones de fondos de inversión no se admiten instrucciones diferentes a las que aparezcan en la documentación solicitada. Se abrirán fondos a los herederos para poder traspasar las participaciones a su nombre que les correspondan, bien sea en propiedad (coparticipe o nudo propietario) o en usufructo.
  • Para poder realizar el reparto de valores, los herederos deberán tener una cuenta a su nombre en la que figuren como único titular y, al igual que sucede con las participaciones de fondos de inversión, en función de si han heredado en condición de usufructuarios o nudos propietarios, así serán incorporados.
  • Las tarjetas de crédito o débito asociadas a las cuentas del fallecido o a nombre de otros titulares deben cambiar de cuenta asociada, ya que las del fallecido serán cancelada.
  • El reembolso de los depósitos, si los herederos no optasen por continuar con ellos, se realiza en la cuenta asociada y desde ella se efectúa el reparto a las cuentas que indiquen.

Si bien el certificado de los saldos no suele tener coste, la tramitación del expediente sí, por el estudio pormenorizado de la toda la documentación necesaria, la elaboración del informe y la ejecución del reparto y cancelación de los contratos objeto de la testamentaria.

En Herencias Las Palmas somos un equipo de abogados especializados en la tramitación de herencias y testamentos. El Derecho Sucesorio es una de las especialidades de nuestra asesoría jurídica. Nuestros abogados sucesorios en Las Palmas pueden asesorarle no solo en la tramitación de herencias, también en relación al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Somos expertos en asesoramiento fiscal, lo que le permitirá tramitar su herencia o realizar su donación con la mayor garantía.

Ahorre problemas contando con los mejores especialistas en donaciones y en partición de herencias en Las Palmas. Nuestra asesoría jurídica puede encargarse, si lo desea, de todo el proceso de sucesión. Podemos realizar todas las gestiones y le ofrecemos gran cantidad de servicios y especialidades adaptados a sus necesidades:

  • Asesoramiento integral por parte de nuestros abogados especialistas en herencias
  • Realización de Testamentos con consulta en Despacho
  • Tramitación de certificados
  • Declaración de herederos, con o sin testamento
  • Disolución de la sociedad de gananciales
  • Adjudicación o Renuncia de Herencia y Legados por herederos y legatarios
  • Procedimientos Judiciales. Impugnaciones, Desheredaciones
  • Valoración del caudal de la herencia y de las deudas
  • Inventariado del patrimonio y redacción del cuaderno particional
  • Partición de la herencia
  • Incapacidades, Menores y Tutelas
  • Valoración de efectuar Donaciones como medio de “heredar en vida”
  • Donaciones en sentido estricto con las limitaciones legales para los herederos.
  • Asesoramiento tributario y tramitación del Impuesto de Sucesiones
  • Tramitación beneficiarios Seguros
  • Adjudicación de los bienes

Podemos ayudarle también con la sucesión de empresas, ya se trate de la venta del negocio o de una sucesión por fallecimiento. Nuestros abogados expertos en herencias Las Palmas miran siempre por que nuestros clientes vean cumplidos sus derechos y sus intereses.
Contáctenos aquí y cuéntenos su caso.

Esta información tiene carácter meramente divulgativo y de información general por lo que no es aplicable a todos los casos en particular. Cada caso deberá ser estudiado individualmente para buscar una solución jurídica correcta.
Tlf. 928 266 609