Distribuirse una herencia de mutuo acuerdo

Normalmente, solemos pensar que ya habrá tiempo de hacer testamento cuando seamos más mayores, ¿verdad? Pero por desgracia, son muchas las ocasiones en que el desenlace llega antes de lo esperado. Si se da el caso de que el familiar no hubiera dejado testamento ni partición alguna, los coherederos tendrán derecho a distribuirse la herencia de mutuo acuerdo tal como consideren conveniente, siempre y cuando el testador no hubiera designado a otra persona para ello. Así lo dispone en el artículo 1058 del Código Civil.

Cuando el testador no hubiese hecho la partición, ni encomendado a otro esta facultad, si los herederos fueren mayores y tuvieren la libre administración de sus bienes, podrán distribuir la herencia de la manera que tengan por conveniente.

Código Civil, Libro III, Título III, capítulo VI, sección segunda, artículo 1058

Para realizar una herencia de mutuo acuerdo es de vital importancia acudir nuestros abogados especialistas en herencias Las Palmas profesionales en la gestión de herencias, que se ocupará de realizar todos los trámites necesarios para dividir el patrimonio hereditario entre todos los coherederos.

En primer lugar, hay que formalizar la partición de la herencia de mutuo acuerdo; muchas veces esto se soluciona mediante un documento privado, pero aunque el trámite se realice con el beneplácito de todas las partes implicadas nunca está de más elevar la partición a documento público. Es decir, formalizar el trámite ante un notario, de tal manera que el documento gozará de todas las ventajas jurídicas de una escritura pública. Esto es indispensable en los casos en los que parte del haber hereditario son bienes inmuebles, ya que el nuevo propietario deberá inscribirlo a su nombre en el Registro de la Propiedad.

Para realizar este trámite, hay que presentar el certificado de últimas voluntades, el certificado de defunción, los títulos de propiedad de todos los bienes del fallecido, los recibos de contribución (IBI) de los bienes inmuebles, los certificados bancarios que acrediten el dinero en efectivo y los depósitos o fondos de los que era titular y cualquier documento que certifique las deudas o cargas que pesan sobre la herencia.

Cuando se haya alcanzado la herencia de mutuo acuerdo es momento de firmar los pactos a los que se haya llegado, ya sea de forma personal como a través de un apoderado. Si alguno de los coherederos es menor de edad o no está en plena posesión de sus facultades, será totalmente obligatorio que la firma que conste en el acuerdo sea la de su representante legal.

¿Necesita abogado especialista en Herencias Las Palmas?

Nuestros abogados son expertos en testamentos, herencias, sucesiones y reclamación y liquidación de legítimas, con especial conocimiento de la legislación sucesoria vigente en Canarias, que nos permite asesorarle, desde hace más de 35 años, para alcanzar la mejor solución en la tramitación de su herencia, resolviendo todos los problemas de derecho sucesorio que se le puedan presentar.

Nuestro despacho de abogados especializado en Herencias Las Palmas, cuenta con abogados expertos que le ofrecerán la mejor solución en cuestiones relativas a herencias, testamentos, declaración de herederos, liquidación de bienes de la herencia y en la liquidación de impuestos derivados de la sucesión. Llámenos al Tlf. 928 266 609
Contactar