Herencias en matrimonio sin hijos
Supón un matrimonio sin hijos en el que fallece un cónyuge y no hay testamento ¿Qué pasa? ¿Quién hereda? ¿El viudo/a u otras personas familiares del causante? Nuestros abogados especialistas en herencias en Gran Canaria analizan a continuación esta situación que se crea cuando fallece un cónyuge que no tiene descendientes y además no deja testamento.
Como abogados expertos en herencias recibimos en numerosas ocasiones consultas en nuestro despacho como esta. Sirva este texto para aliviar dudas en este caso a una pregunta que viene de un planteamiento muy común, y que, con el acusado descenso de la natalidad y el incremento en la edad media para contraer matrimonio es cada vez una circunstancia más frecuente en nuestra sociedad.
Fallece un cónyuge y no hay testamento
Para empezar, hay gente a la que le da aprensión hacer testamento en Las Palmas. Lo piensan y lo piensan a pesar de ser un acto bastante sencillo. Asociamos testamento con muerte, con que se usa cuando fallece un cónyuge; con vejez… en lugar de asimilarlo a términos como responsabilidad, previsión, gestión… Seamos positivos de partida.
Otras muchas veces este comportamiento está derivado del desconocimiento real de las ventajas que tiene el hacer testamento. Mucha gente en la calle, cuando acude a nuestro despacho de abogados herencias Las Palmas no se imaginaba la cantidad de beneficios que conlleva el hacer testamento, la de problemas que evita, lo que alivia en el duro trance que vive el viudo/a cuando fallece un cónyuge… Por ejemplo, el testamento se hace en un 90% de los casos para mejorar la situación del cónyuge viudo tras el fallecimiento del otro.
Otra cosa para la que sirve el testamento es para dejar bienes a personas que de no haber testamento, por ley no recibirían absolutamente nada por citar algunas de las aplicaciones o ventajas de hacer testamento. ¿Busca abogados testamentos Las Palmas?
¿Qué hace falta para hacer testamento?
Es muy fácil. Si una persona desea hacer testamento tiene que acudir a un notario, de libre elección, con su DNI y explicar al notario cómo desea que el día de mañana cuando falte se distribuyan sus bienes. Todos los testamentos no son iguales. Cuando fallece un cónyuge nos podemos encontrar con que se deja un patrimonio sencillo o uno muy complejo, con muchas propiedades, algunas compartidas etc. En función del testamento en cuestión, el notario nos puede pedir alguna información complementaria, documentación anexa… lo que se precise. Pero eso no nos tiene que preocupar, ya nos dirá el notario qué tenemos que hacer y nosotros solo tenemos que acometerlo. Como se suele decir, la obra irá pidiendo material.
Con todo esto presente, el notario redactará el testamento. Lo leerá para los causantes que hacen el testamento y si están de acuerdo, lo firman y el notario lo autoriza. Es realmente sencillo.
Importante. No es necesario especificar el reparto de los bienes entre los herederos. Se puede dejar para que el día de mañana los herederos se pongan de acuerdo para distribuir esos bienes.
Posteriormente, cualquier testador puede cambiar y modificar ese testamento cuantas veces quiera a lo largo de su vida. Único requisito: estar en plenitud mental. Siempre se aplicará el más reciente. Sobreescribe al anterior, por decirlo en el argot informático.
El testamento y el viudo cuando fallece un cónyuge
Vamos ya sin demora (tras las necesarias apreciaciones anteriores) a explicar qué ventaja tiene el testamento para el caso que planteábamos al inicio: fallece un cónyuge sin hijos y sin testamento. El caso de testamento más habitual hasta ahora (la sociedad y el modelo de familia está cambiando mucho en las últimas décadas) es el romántico como se le conoce en la calle. Es un testamento que dice: el uno para el otro y después para nuestros hijos. Básicamente se le deja al cónyuge viudo el usufructo universal de la herencia. Es decir, que tiene el uso y disfrute de todos los bienes mientras viva, pero no la plena propiedad. Significa por ejemplo que puede seguir residiendo en la vivienda habitual sin posibilidad de oposición por parte de los hijos, pero no podría venderla, por ejemplo. En segundo lugar, en ese testamento se suele dejar como herederos a los hijos por partes iguales. Cuando fallece un cónyuge nombrado usufructuario universal, ya los hijos adquieren plena propiedad de los bienes y pueden comportarse como tales. Es el testamento más frecuente. Si un viudo no goza de esas garantías recogidas en un testamento, los bienes de su cónyuge pueden no ser para él. Veámos esto a continuación.
Los herederos según el Código Civil
En ausencia de testamento miremos el Código Civil, que nos dice que los herederos legales cuando fallece un cónyuge, los de cualquier persona son, por este orden: (el orden es determinante aquí puesto que si hay hijos, no se pasa al segundo rango, si hay segundo rango, no se hereda en el tercero etc.) los hijos y descendientes; si no hay hijos, serían los padres o ascendientes; si no hay nada de esto (descendientes ni ascendientes) heredaría el cónyuge. Si tampoco hay cónyuge le toca el turno a los hermanos y sobrinos para por fin, llegar a los parientes de cuarto grado. Si ya no hay ningún tipo de pariente, hereda el estado (o la comunidad autónoma según ciertos regímenes forales).
Puede darse la circunstancia de que un matrimonio sin descendientes sufra el fallecimiento de uno de los cónyuges y no deja testamento. En este caso, si viven los padres del fallecido, serán ellos quienes hereden y no el viudo. Por eso es necesario el testamento si se quiere garantizar la tranquilidad del cónyuge.
No obstante lo anterior, si quedase alguna duda de lo comentado, estaremos encantados de atenderla y resolverla con nuestros abogados herencias y testamentos en Gran Canaria.
A fin de prevenir problemas futuros, antes de otorgar testamento es muy recomendable asesorarse legalmente sobre el tipo de testamento más aconsejable y su contenido, así como sobre todas las cuestiones que nuestros abogados especialistas en herencias Las Palmas hemos tratado de resumir aquí, en función de cada caso, ya que hay multitud de tipos de herencias y testamentos, y se pueden recoger infinidad de disposiciones diferentes.
Dejar un testamento en vida es la mejor opción para salvaguardar sus intereses y los de sus herederos. Contáctenos aquí o llámenos al Tlf. 928 266 609 para recibir asesoramiento de un abogado especializado en testamentos y herencias Las Palmas, que se ocupará de trasladar tus preferencias e intenciones respecto de sus bienes a un testamento acorde a la ley.