Herencia sin testamento ¿cómo se reparte?

¿Qué pasa cuando fallece alguien que no ha dejado testamento? ¿Cómo se reparte la herencia en Las Palmas? Legalmente, esta situación se conoce como “sucesión intestada” o “ab intestato” y, a falta de un documento que lo especifique, tendrá que ser la ley la que determine qué parientes se consideran herederos legales y de qué manera se distribuye la herencia. Cuando si existe testamento los trámites e impuestos para aceptar una herencia están claramente estipulados.

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¿Has heredado una hipoteca? Estas son tus opciones

Recibir una herencia en Las Palmas puede suponerte una ayuda económica, sin embargo, también puede convertirse en todo lo contrario. Más allá de la tributación a la que están sujetas las herencias, al fallecer una persona, a sus herederos no le corresponderán únicamente los bienes y derechos, sino que también tendrán que asumir obligaciones y cargos. Si la vivienda que has heredado estaba hipotecado, no solo te corresponde la vivienda, también heredarás su hipoteca.

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¿Quién puede aceptar o repudiar la herencia en Las Palmas?

Después de la muerte de un ser querido, sus propiedades, tanto activos como pasivos, se transfieren a sus parientes cercanos o personas especificadas por el fallecido, los herederos o legatarios.

A pesar de ello en determinadas circunstancias podemos tener que plantearnos una desagradable situación: la repudiación de la herencia. A pesar de que la repudiación a una herencia puede producirse por varios motivos lo más común es que ello se produzca cuando la herencia está constituida principalmente por deudas y no con cabe la aceptación a beneficio de inventario.

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¿Cuál es el plazo para aceptar una herencia en Las Palmas?

Nuestro Código Civil no especifica ningún tipo de plazo existente a la hora de aceptar o rechazar una herencia en Las Palmas. Por ello se ha tenido que acudir a lo establecido en la doctrina que aplica por analogía el plazo de prescripción de la acción para reclamar la herencia, este plazo es de 30 años, por lo tanto el plazo para aceptar o rechazar una herencia es igualmente de 30 años.

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