Distribuirse una herencia de mutuo acuerdo
Normalmente, solemos pensar que ya habrá tiempo de hacer testamento cuando seamos más mayores, ¿verdad? Pero por desgracia, son muchas las ocasiones en que el desenlace llega antes de lo esperado. Si se da el caso de que el familiar no hubiera dejado testamento ni partición alguna, los coherederos tendrán derecho a distribuirse la herencia de mutuo acuerdo tal como consideren conveniente, siempre y cuando el testador no hubiera designado a otra persona para ello. Así lo dispone en el artículo 1058 del Código Civil.